jueves, 7 de agosto de 2014

IDEAS, PLAGIO Y PLAGIADORES.



En  plena campaña electoral aparece el concepto de plagio de parte de algunos candidatos. Al  Jurado Electoral no le compete hacer un trabajo con rigor metodológico sobre los plagios detectando pruebas, no es su competencia, eso le corresponde a Indecopi.
Veamos, los hechos y pruebas deben descubrir indicadores sobre la calificación de los plagios. No es igual decir: plagio de página entera, párrafo o líneas de párrafos en páginas distintas; Se necesita nuevos indicadores que marquen la prueba del plagio, ver si se usó: proporcionalidad, intensidad e intencionalidad, Los cuales tienen que ver con: página, párrafo, línea. En la evaluación de los Planes, debe de encontrarse dos tipos de observancia: Los que incurren en proporcionalidad, intensidad e intencionalidad, en tanto que estarían implicados en delito contra los derechos intelectuales, o los que no incurren, sus Planes de Gobierno, no se encuentran los indicadores antes señalados.
Los Planes de Gobierno de partidos políticos o movimientos políticos, ¿son de dominio público? Los temas de dominio local, provincial, regional y nacional ¿de quién son propiedad?; sean estos, sociales, económicos, políticos, productivos, culturales, etc. Las propuestas en denominación de Planes de Gobierno, pueden coincidir, las alianzas políticas en aras de “coincidencias”, usando este concepto de plagio, ¿serían descalificadas? Decir a los medios escritos, televisivos, radiales y cualquier otro medio, “coincido” con lo dicho, leído, expuesto, es remarcar acaso plagio. Políticamente, la coincidencia, sea cualquiera la modalidad, debe ser un buen indicador de estrategia respecto de cercanías, para y con, objetivos locales, regionales o nacionales.
El Jurado Electoral  fiscaliza documentación y requisitos, también debe saber que los Planes de Gobierno, son de dominio público en su integridad, ¿estarán inscritos en indecopi?




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